Juicio al régimen en Londres: examinan la legislación cubana

Redacción de CubitaNOW ~ jueves 26 de enero de 2023

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El tribunal británico que se ocupa de la demanda del fondo inversor CRF I contra el régimen de Cuba para el pago de deuda soberana de los años 80 por valor de 72 millones de euros ha empezado a escuchar este jueves la opinión de expertos sobre la legislación cubana que rige la gestión de la deuda externa, informó la agencia española EFE.

El Banco Nacional de Cuba (BNC) y la dictadura, "los demandados en este caso, mantienen discrepancias con CRF sobre si el BNC tiene o no competencias para autorizar la cesión de los derechos contractuales sobre la deuda de una entidad a otra sin el consentimiento del Gobierno de la isla", señaló la citada fuente.

La defensa del régimen considera "inválido el traspaso a este grupo inversor de los derechos por esa deuda de 1984 desde el ICBC Standard Bank -filial británica del chino ICBC-, autorizado el 25 de noviembre de 2019 por el funcionario cubano Raúl Olivera Lozano, hoy convicto por presuntas irregularidades en el proceso".

Por su parte, "el fondo fundado en 2009 en las islas Caimán mantiene que el antiguo director de operaciones siguió las normas que se habían aplicado hasta entonces y acusa a La Habana de manipular el caso 'para eludir sus responsabilidades', incluido su encarcelamiento en 2021.

Este jueves declararon por la parte cubana, Juan Mendoza Díaz, profesor de Derecho Procesal en la Universidad de La Habana. Según su interpretación de la ley, el BNC, que antiguamente ejercía de banco central, tiene solo una "función administrativa" en la gestión de la deuda externa desde 1997, cuando se creó el nuevo Banco Central de Cuba (BCC).

Mendoza opinó que, en virtud del artículo 56 de un Decreto Ley de 1999, el Banco Nacional de Cuba "no tiene facultad para actuar en nombre del Gobierno cubano ni aprobar cesión de deuda pública sin la autorización previa del Ministerio de Finanzas y Precios y del Consejo de Ministros".

Sin embargo, CRF argumenta que el artículo 56 no se aplica a la deuda histórica previa a 1997 y mantiene también que tanto el estatuto del BNC como todos los ejemplos prácticos hasta el comienzo de este litigio demuestran que el banco nacional sí tenía competencias delegadas para reasignar la deuda.

La jueza Sara Cockerill, de la sala Comercial del Tribunal Superior de Londres, debe determinar eventualmente si CRF, al que la Habana considera un "fondo buitre", es el acreedor legítimo de los títulos por 72 millones, derivados de contratos de préstamo suscritos por el mandato del fallecido dictador Fidel Castro con dos bancos europeos en 1984.

"El juicio proseguirá el próximo lunes, cuando declarará la licenciada en Derecho cubana Hosanna Rodríguez Calvo por parte del fondo inversor. Se prevé que concluya el jueves, aunque no se espera un fallo de manera inmediata", reseñó EFE.


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