Cuba establece nuevo sistema de evaluación socioeconómica para acceder a financiamiento estatal de viviendas
Redacción de CubitaNOW ~ jueves 21 de mayo de 2026
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) de Cuba publicó la Resolución 10/2026 en la Gaceta Oficial No. 44 de 2026, mediante la cual se regula el procedimiento para evaluar la situación socioeconómica de los núcleos familiares que soliciten financiamiento estatal destinado a intervenciones arquitectónicas en viviendas.
La normativa, firmada el 21 de abril de 2026 y derivada de un acuerdo del Consejo de Ministros aprobado en marzo del mismo año, establece que estos fondos podrán concederse tanto para obras ejecutadas por el Estado como para aquellas realizadas por esfuerzo propio, siempre que se demuestre falta de solvencia económica.
La disposición sustituye a la Resolución 22/2022, que regía anteriormente los criterios de evaluación para subsidios constructivos.
Según el nuevo marco legal, las Direcciones Municipales de Trabajo y Seguridad Social asumirán la responsabilidad de realizar las investigaciones socioeconómicas, a solicitud de las Direcciones Municipales de la Vivienda. Un funcionario designado contará con un plazo de 15 días hábiles para elaborar el dictamen correspondiente.
El análisis contempla tres elementos principales: la composición y condiciones sociales del núcleo familiar, la verificación del estado técnico de la vivienda o la ausencia de la misma, y la evaluación de los ingresos del hogar.
Para determinar la solvencia económica, la resolución establece un método específico de cálculo: se suman los ingresos totales del núcleo familiar y se descuentan gastos, deudas, créditos bancarios, embargos, pensiones alimenticias e impuestos; el resultado se divide entre el número de integrantes del hogar para obtener el ingreso per cápita disponible.
El límite fijado para acceder al financiamiento es de 2.100 pesos cubanos de ingreso per cápita mensual, con la posibilidad de extenderlo hasta 3.234 pesos en casos de vulnerabilidad debidamente acreditada.
La norma también introduce una restricción relevante: no podrán beneficiarse del programa los hogares donde convivan personas en edad laboral o desvinculadas del trabajo con capacidad para incorporarse al empleo.
Los ingresos deberán ser verificados mediante certificaciones laborales, declaraciones juradas o documentos emitidos por la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), en el caso de trabajadores por cuenta propia o productores agropecuarios.
La regulación se implementa en un contexto de grave crisis habitacional en el país, donde el déficit supera las 929.000 viviendas y una parte significativa del fondo inmobiliario se encuentra en estado regular o deteriorado.
Las cifras oficiales muestran además un fuerte retroceso en la construcción de viviendas en los últimos años, con niveles de ejecución muy por debajo de los planes estatales y una marcada escasez de materiales como cemento y acero.
En paralelo, el presupuesto estatal de 2026 contempla inversiones en infraestructura y vivienda, aunque expertos señalan que la brecha entre los recursos disponibles y las necesidades reales de la población sigue siendo considerable.
Fuentes: Gaceta Oficial y CiberCuba