La decisión de un juez federal que limita los arrestos de ICE dentro de las cortes de inmigración genera especial interés entre los cubanos con I-220A, parole humanitario o casos de asilo pendientes, muchos de ellos con audiencias programadas en Miami. Aunque el fallo se originó en Nueva York y persisten dudas sobre su alcance fuera de esa jurisdicción, la sentencia abre un nuevo escenario para quienes deben presentarse ante un juez de inmigración.
Un juez federal de Nueva York anuló la política de ICE que había ampliado la posibilidad de arrestar a inmigrantes dentro de las cortes de inmigración, al considerar que la agencia había actuado de manera arbitraria al retirar las restricciones anteriores sin ofrecer una justificación suficiente. La decisión fue emitida el 1 de octubre de 2026 por el juez P. Kevin Castel y tiene efecto inmediato.
La sentencia deja nuevamente vigente el marco establecido en 2021, bajo el cual los arrestos en tribunales de inmigración están sujetos a circunstancias limitadas. Esto significa que la decisión no establece que ICE tenga prohibido realizar cualquier arresto en una corte, sino que restringe las condiciones bajo las cuales puede hacerlo.
El caso tiene especial interés para los inmigrantes cubanos que deben acudir regularmente a tribunales. Sin embargo, el alcance geográfico merece atención. Courthouse News describe el litigio como centrado en las cortes de Manhattan, mientras que amNewYork informa que la sentencia final extiende sus efectos a nivel nacional. Por ello, la aplicación concreta fuera de Nueva York, incluida Miami, debe analizarse conforme a las órdenes judiciales vigentes y a la situación particular de cada persona.
Para quienes tienen una audiencia pendiente, la sentencia no elimina la obligación de comparecer ante el juez de inmigración. No presentarse puede llevar a una orden de deportación en ausencia. La propia cobertura del fallo destaca que esta consecuencia continúa vigente.
La situación es especialmente relevante para cubanos con I-220A, parole humanitario o solicitudes de asilo pendientes, pero el efecto de la sentencia dependerá del expediente individual, el tribunal correspondiente y cualquier otra orden de detención aplicable.
Además, ICE anunció esta semana nuevas restricciones internas para las persecuciones vehiculares de alta velocidad y estableció requisitos adicionales para determinadas paradas de tráfico. La nueva directiva mantiene la capacidad de realizar detenciones migratorias, pero modifica los procedimientos operativos de los agentes.
El fallo modifica las reglas sobre arrestos dentro de las cortes, pero no cancela los procedimientos migratorios ni sustituye la necesidad de acudir a las audiencias. Para una persona con un caso pendiente, la situación concreta debe revisarse con un abogado de inmigración.